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martes, 21 de marzo de 2017

Nuestro Tratado de Marrakech. Para edificación de todos.

En vista del casi total desconocimiento del pueblo llano para dar seguimiento a Tratados y/o Convenios de los cuales la República Dominicana ha sigo signataria, permítanos describirles, fruto de la experiencia que hemos tenido, de manera sencilla, el recorrido que sigue en el país:

1. Ministerio de Relaciones Exteriores. En este Ministerio, el Tratado o Convenio llega desde el organismo donde originalmente fue firmado al despacho del Ministro o Canciller. Éste lo envía al Departamento Jurídico, División de Tratados Internacionales para obtener de este un informe que pondere la trascendencia del Tratado o Convenio.

Luego de ser cumplimentado este trámite, el Canciller lo envía al Poder Ejecutivo (Presidente de la República), acompañado de una comunicación donde expresa que está de acuerdo con que se ratifique en el país la adhesión de la República Dominicana al Tratado o Convenio.

2. El Poder Ejecutivo (Presidente de la República) lo despacha, adjunto a una comunicación donde se le solicita a la Presidencia del  Tribunal Constitucional de la República realizar el Control Preventivo del Tratado o Convenio.

3. La Presidencia del Tribunal Constitucional lo pasa a la Secretaría Legal del Tribunal donde se realiza una revisión a la Constitución a los fines de verificar que el Tratado o Convenio no contraviene ninguna de las disposiciones que se encuentran en los artículos de nuestra Carta Magna.

4. El informe de esa revisión a la que se llama Control Preventivo, va al Pleno del Tribunal Constitucional donde lo revisan todos los magistrados de esta Institución.

5. Luego de este paso, el Presidente del Tribunal Constitucional lo envía de vuelta al Poder Ejecutivo acompañado de una comunicación a su firma y del informe de Control Preventivo. Cuando se envía a la Presidencia de la República el informe de Control Preventivo se publica en la página del Tribunal Constitucional: trámite obligatorio para hacer pública la conformidad del Tratado o Convenio con los artículos de ley.

6. Al recibir el informe del Control Preventivo, el Presidente de la República pasa a Consultoría Jurídica del Palacio para una última revisión. Espera que el Presidente lo firme. Luego de la firma lo envía a la Presidencia del Senado de la República una comunicación solicitando la ratificación de la adhesión de la República Dominicana al Convenio o Tratado y en la misma motiva la prontitud con que debe ser realizado este trámite en el Senado.

7. El Presidente del Senado recibe el Tratado o Convenio con la Comunicación, lo envía a la Comisión Permanente de Relaciones Exteriores de ese hemiciclo donde se analiza el Tratado para entonces emitir un informe favorable del mismo.

Una vez redactado el informe se lee en la sesión más próxima a la fecha de su redacción. El Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores lo lee a todo el pleno del Senado y en ocasiones también se da lectura a alguna comunicación que motiva una pronta ratificación por parte de instituciones interesadas (lo que hicimos nosotros)

8. Una vez conocido el informe es colocado en la orden del día de la sesión de fecha más próxima a la lectura del informe.

En esta sesión el Presidente del Senado da lectura al informe favorable y pregunta a los senadores si están de acuerdo con el informe y de no haber ninguna oposición se ratifica en una o dos lecturas. 

En nuestro caso fue en una única lectura por las implicaciones que tiene el tratado en relación a quienes no pueden leer impresos en tinta pero necesitan que la información esté disponible para realizar labores relacionadas con su carrera o estudios.

Estamos en espera de que lo ratifique la Secretaría General.

Mientras, dele una mirada a este mapa mundi en donde se puede apreciar los países que han firmado, ratificado y, ¡mucho ojo!, los que aún faltan por ratificar y firmar.


Mapa Mundi codificado por color la firma, ratificación o no del Tratado
tomado de World Blind Union

Seguiremos informándoles los próximos pasos...

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