En el segundo
taller acerca del Tratado de Marrakech que facilita a personas con dificultad
de acceso a impresos en tinta leer en formatos accesibles, se estaba a la
espera del envío de una opinión favorable por parte de la Oficina Nacional de
Derechos de Autor a la Cancillería de la República Dominicana, hecho que
ocurrió en abril de este año.
El Tratado pudo
haber entrado en vigencia poco tiempo después, sin embargo, la Oficina Nacional
de Derechos de Autor (ONDA) prefirió entregar físicamente el instrumento que
acompaña al Tratado en manos de la encargada de Asuntos Legales de la
Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI), Geidy Lung, en una
actividad realizada en el Hotel Hard Rock Punta Cana, el jueves 7 de junio del
presente año. Aunque el documento fue entregado oficialmente dos días antes,
cuando también se entregó el instrumento del Tratado de Beijing.
Para una mejor
información de nuestros usuarios, el instrumento que acompaña a los Tratados es
un informe muy exhaustivo del marco jurídico del país que ratifica el Tratado
para su entrada en vigencia. Se cumplen
una serie de pasos indispensables para asegurar que esta entrada en
vigencia no se contradice con la Constitución de la República y que el mismo ha
pasado por todas las instancias legales que estipulan los tratados
internacionales.
Siguiendo con
las normas de los convenios internacionales, el Tratado entró en vigencia 3
meses después de ser entregado a la OMPI. Es decir, el viernes 7 de septiembre
de este año. Aunque, como ya dijimos, oficialmente es el 5 de septiembre, por
haberse entregado tres meses antes (el 5 de junio). Aunque la actividad, para
el sector con dificultad de acceso a la lectura convencional se realizó, como
se ha explicado, el jueves 7 de junio de manera pública para los medios de
comunicación.
Ante la entrada
en vigencia de ese Tratado, luego de haber recorrido un periplo durante 3 años,
es de vital importancia para satisfacer las necesidades de lectura de una
población que en la República Dominicana asciende a unas 461 mil personas con
menos de 1% de obras adaptadas y convertidas a formatos accesibles.
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Ícono de lector electrónico tomado de TecnoAccesible |
Es todavía
largo el camino que se debe recorrer. Por eso el viernes 7 de septiembre la
Biblioteca Nacional Pedro Henríquez Ureña (BNPHU), a través de la Unidad de
Servicios para Personas con Discapacidad (USEPEDI) y la Universidad Nacional
Pedro Henríquez Ureña (UNPHU), a través de su Biblioteca Central, realizaron el
conversatorio "Acciones de Instituciones Generadoras de Conocimiento ante la
Implementación del Tratado de Marrakech en RD" en la Sala Aída Cartagena
Portalatín de la BNPHU de 10 a 12 meridiano.
En la
actividad estuvieron presentes directores y colaboradores de 23 instituciones
universitarias y gubernamentales, además de organizaciones no gubernamentales
que adaptan y convierten recursos de información a los mencionados formatos.
Estas instituciones son: Archivo
General de la Nación, Asociación de Ciegos de la Región del Cibao de la
República Dominicana, Biblioteca Centro Cultural de España en Santo Domingo,
Biblioteca de la UAPA Santiago y Santo Domingo, Biblioteca de la Universidad
Católica de Santo Domingo, Biblioteca de UniCaribe, Biblioteca de UTECO,
Biblioteca Juan Bosch de FUNGLODE, Biblioteca Juan Pablo Duarte del Banco
Central de la Rep. Dom., Biblioteca Pontificia Universidad Católica Madre y
Maestra, Biblioteca del Instituto de Educación Superior en Formación
Diplomática y Consular “Dr. Eduardo Latorre” del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Biblioteca UNAPEC, Biblioteca UNIBE, Biblioteca Universidad O &
M, CEDIMAT, Centro de Rehabilitación para Ciegos Adultos CERCIAD Santo Domingo,
dependencia del Patronato Nacional de Ciegos, Centro Nacional de Recursos
Educativos para Personas con Discapacidad Visual Olga Estrella, Fundación
Joaquín Balaguer, Fundación Dominicana de Ciegos, Dirección Feria del Libro,
Orquesta Sinfónica Nacional, Conservatorio Nacional de Música, Biblioteca
Central Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña, Biblioteca Nacional Pedro
Henríquez Ureña: dirección técnica bibliotecaria, USEPEDI y de la Red de
Bibliotecas Públicas (Biblioteca Pública Metropolitana y la Biblioteca Profesor
Juan Bosch de Bonao).
Las entidades concurrentes
hicieron propuestas que refrendaron la intención de la Biblioteca Nacional
Pedro Henríquez Ureña (BNPHU) a través de USEPEDI de hacer un acuerdo
interinstitucional múltiple entre los participantes a los fines de posibilitar
que las personas con discapacidad que no pueden acceder a impresos en tinta
tengan asegurada una vía que les facilite satisfacer sus necesidades de lectura
ya sea por asuntos laborales, educativos o por simple entretenimiento. Se dejó
claro que el sector de la población que no tiene acceso a impresos en tinta
goza de los mismos derechos que aquellos que no se les dificulta este acceso.
El conversatorio es el inicio
de un camino que comenzará estableciendo mesas de trabajo, tanto para acordar
las formas de préstamo interbibliotecario y las normas que regirán a las
instituciones que adaptan los libros a formatos como el Audio y el Braille, a
los fines de establecer un procedimiento común; asimismo redactar un
anteproyecto para la modificación de la ley dominicana de derechos de autor que
en la actualidad no precisa el rol de las bibliotecas y de las adaptaciones de
recursos de información a formatos accesibles ante la entrada en vigencia del
Tratado de Marrakech.
Con el objetivo de profundizar
en las conclusiones a las cuales se llegó en este conversatorio a continuación
te damos a conocer el resumen de éstas:
Punto
1: el Tratado de Marrakech:
-El
Tratado de Marrakech establece facilidad para que las personas con algún tipo
de discapacidad que les impida leer impresos en tinta, puedan acceder a
recursos de información.
-Tener
bien en claro que las bibliotecas son las autorizadas.
-No
todos los recursos pueden digitalizarse, hay que hacer una selección de ellos.
-Todos
los recursos pueden ser convertidos. Lo que puede pasar es que la institución
no tenga ese recurso y por eso es necesario hacer al acuerdo. Mientras más
bibliotecas se sumen más recursos estarán disponibles. El objetivo es que haya
más recursos y sin barreras.
-Es
necesario el Tratado.
-Debemos
ser cuidadosos al hablar de exclusión de material porque eso es una limitante.
Es un derecho ciudadano, no hay ninguna información a ser excluida. Hay que
poner políticas. El ciudadano con discapacidad tiene el mismo derecho.
-Posibilidad
de una copia del Tratado.
-Trabajar
en equipo.
-No
solo escanear los textos sino llevarlos a formato funcional. Se puede
digitalizar o también transcribir. La información debe ser funcional.
-Formar
una red.
-Los autores pueden donar para garantizar los recursos de información.
-La
misión de la BNPHU es difundir el patrimonio dominicano en todos sus formatos y
soportes.
-Hay
recursos que no se pueden convertir, a los que no se tiene acceso.
-El
compromiso que debe hacerse es para ese uso (permitir a las personas con
problemas de acceso a la lectura recursos en formatos accesibles) y no para otro.
-Hay
formas de adaptar la música.
-El
punto no es qué recurso se puede o no convertir. El Tratado es muy claro: todos
los recursos deben convertirse. Si un usuario con discapacidad lo necesita, hay
que hacerlo.
-Debe
pedirse a los autores que publiquen en formatos accesibles.
-Es
importante elaborar el convenio. En esto se debe quedar desde ahora.
-En
cada una de las 36 bibliotecas públicas que forman la Red de Bibliotecas de la
BNPHU se están haciendo los contactos para la instalación de Módulos MILAS
(Módulo de Información y Lectura Accesibles). Se incluye un programa de
capacitación.
-Seguir aportando
sugerencias sobre éstos tópicos y otros que surjan enviándolas a USEPEDI, vía
correo.
Punto
2: Préstamo interbibliotecario.
-Las
instituciones pueden realizar el préstamo del recurso en un formato digital.
-Las
instituciones acordarán sobre sus recursos, los autores tienen sus derechos.
-Deben
hacerse políticas y procedimientos para el préstamo interbibliotecario.
-En
la primera etapa las instituciones involucradas deben facilitar los recursos.
Queremos hacer otro acuerdo donde se incluya a las personas que no tienen
discapacidad.
Punto
3: Levantamiento de la infraestructura tecnológica de las instituciones, de los
estudiantes que hay en las universidades.
-Las
instituciones pueden digitalizar el recurso.
-Todos
los procedimientos técnicos pueden cambiar. Después de hacer un levantamiento
de información se sabrán las necesidades reales de cada institución. Hay
instituciones que tienen plataformas tecnológicas otras no. De eso depende el
mayor o menor trabajo que se deba realizar con cada una y la cantidad de
detalles técnicos.
-Cada
institución debe realizar un levantamiento del número de estudiantes y el tipo
de discapacidad que tiene.
-Nos
enfocamos en la discapacidad visual. Hay otras condiciones que tampoco permiten
leer impresos. Las universidades deben levantar todos los tipos de
discapacidades.
-También
hay que tomar en cuenta el recurso humano. Las personas que reciben a las
personas con discapacidad en las universidades, en los centros educativos. Hay
que orientar a todos sobre el trato a las personas con discapacidad.
-Debe hablarse de centros educativos
superior y preuniversitario no de universidades.
Punto
4: Formulario de autorización del autor.
-Es
necesario el formulario de autores.
-El
formulario de autorización de autores para seguir las normas.
-Modificación
del formulario de autores. Que el autor tenga conocimiento de cuáles son las
instituciones que convierten que están incluidas.
-La
OMPI siempre pide la autorización a los autores.
Punto
5: Políticas y normativas:
-Es
necesario redactar las políticas para la aplicación del formulario de autores.
-Tener
bien en claro que las bibliotecas son las autorizadas.
-Hay
que poner políticas. El ciudadano con discapacidad tiene el mismo derecho a la
información.
-Hacer políticas y procedimientos e incluir las herramientas que garanticen
el préstamo interbibliotecario.
-Redactar procedimientos sobre cada cosa. Van a ser muchos. Deben ponerse
como anexo en el acuerdo.
-Todos los procedimientos técnicos pueden
cambiar a medida que se realicen los trabajos y que nos vayamos adentrando en
las diferentes fases del mismo.
Punto
6: Ley de derechos de autor:
-Modificación
de la ley de derechos de autor y del reglamento.
-Utilizar
el trabajo que realizó la ABUD "República Dominicana: situación de las bibliotecas en relación con el derecho de autor" como base de estudio.
Punto
7: Formación mesas de trabajo.
-Además
de la formación de las mesas de trabajo sugeridas también debe incluirse una de
conflicto y conciliación.
-Mesa
de trabajo para discutir la modificación de la ley de derechos de autor.
-Formar
las mesas de trabajo.
-Creación
de las mesas de trabajo para el estudio de cada uno de los puntos.
-Integrar
a estas mesas organizaciones o asociaciones
que tengan que ver: ABUD, que tengan que ver con derechos de autor, que
tengan que ver con discapacidad, entre otras.
Hasta ahora en 41 países ha entrado en vigencia este Tratado:
En 2016: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Ecuador, El Salvador,
Emiratos Árabes Unidos, Guatemala, India, Israel, Malí, Mongolia, México,
Paraguay, Perú, República Popular Democrática de Corea, República de Corea, San
Vicente y las Granadinas, Singapur, Túnez, Uruguay. 22 países en total.
En 2017
se sumaron 9 países: Botswana, Burkina Faso, Honduras, Kenya, Kirguistán,
Liberia, Malawi, Panamá, Sri Lanka.
Durante el presente año 2018, 10 países
más: Afganistán, Costa Rica, Federación de Rusia, Ghana, Jordania, Lesotho,
Nigeria, República Dominicana, República de Moldova, Uganda.