En vista del casi total desconocimiento
del pueblo llano para dar seguimiento a Tratados y/o Convenios
de los cuales la República Dominicana ha sigo signataria, permítanos
describirles, fruto de la experiencia que hemos tenido, de manera sencilla, el
recorrido que sigue en el país:
1. Ministerio de Relaciones Exteriores. En este Ministerio, el
Tratado o Convenio llega desde el organismo donde originalmente fue firmado al
despacho del Ministro o Canciller. Éste lo envía al Departamento Jurídico,
División de Tratados Internacionales para obtener de este un informe que
pondere la trascendencia del Tratado o Convenio.
Luego
de ser cumplimentado este trámite, el Canciller lo envía al Poder Ejecutivo
(Presidente de la República), acompañado de una comunicación donde expresa que
está de acuerdo con que se ratifique en el país la adhesión de la República
Dominicana al Tratado o Convenio.
2. El
Poder Ejecutivo (Presidente de la República) lo despacha, adjunto a una
comunicación donde se le solicita a la Presidencia del Tribunal Constitucional de la República
realizar el Control Preventivo del Tratado o Convenio.
3.
La Presidencia del Tribunal Constitucional lo pasa a la Secretaría Legal del
Tribunal donde se realiza una revisión a la Constitución a los fines de
verificar que el Tratado o Convenio no contraviene ninguna de las disposiciones
que se encuentran en los artículos de nuestra Carta Magna.
4. El
informe de esa revisión a la que se llama Control Preventivo, va al Pleno del
Tribunal Constitucional donde lo revisan todos los magistrados de esta
Institución.
5. Luego
de este paso, el Presidente del Tribunal Constitucional lo envía de vuelta al
Poder Ejecutivo acompañado de una comunicación a su firma y del informe de
Control Preventivo. Cuando se envía a la Presidencia de la República el informe
de Control Preventivo se publica en la página del Tribunal Constitucional: trámite obligatorio para hacer pública la conformidad del Tratado o Convenio
con los artículos de ley.
6. Al
recibir el informe del Control Preventivo, el Presidente de la República pasa a
Consultoría Jurídica del Palacio para una última revisión. Espera que el
Presidente lo firme. Luego de la firma lo envía a la Presidencia del Senado de
la República una comunicación solicitando la ratificación de la adhesión de la
República Dominicana al Convenio o Tratado y en la misma motiva la prontitud
con que debe ser realizado este trámite en el Senado.
7. El
Presidente del Senado recibe el Tratado o Convenio con la Comunicación, lo
envía a la Comisión Permanente de Relaciones Exteriores de ese hemiciclo donde
se analiza el Tratado para entonces emitir un informe favorable del mismo.
Una
vez redactado el informe se lee en la sesión más próxima a la fecha de su
redacción. El Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores lo lee a todo
el pleno del Senado y en ocasiones también se da lectura a alguna comunicación
que motiva una pronta ratificación por parte de instituciones interesadas (lo
que hicimos nosotros)
8. Una
vez conocido el informe es colocado en la orden del día de la sesión de fecha
más próxima a la lectura del informe.
En
esta sesión el Presidente del Senado da lectura al informe favorable y pregunta
a los senadores si están de acuerdo con el informe y de no haber ninguna
oposición se ratifica en una o dos lecturas.
En nuestro caso fue en una única
lectura por las implicaciones que tiene el tratado en relación a quienes no
pueden leer impresos en tinta pero necesitan que la información esté disponible
para realizar labores relacionadas con su carrera o estudios.
Estamos en espera de que lo ratifique la Secretaría General.
Mientras, dele una mirada a este mapa mundi en donde se puede apreciar los países que han firmado, ratificado y, ¡mucho ojo!, los que aún faltan por ratificar y firmar.
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Mapa Mundi codificado por color la firma, ratificación o no del Tratado
tomado de World Blind Union |
Seguiremos informándoles los próximos pasos...
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